Meta no podrá procesar datos personales de sus usuarios para servirles publicidad ajustada a su perfil. Así lo establece una decisión urgente y vinculante de la Junta Europea de Protección de Datos (EDPB en sus siglas inglesas), el organismo en el que se coordinan las agencias de protección de datos de los 27, entre ellos la española AEPD. La decisión, acordada el viernes y notificada al gigante tecnológico este martes, exige que se haga cumplir el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), que entró en vigor en 2018 y que incumplía desde entonces la compañía fundada por Mark Zuckerberg.
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